Una vez que ingresas en el mundo laboral el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) te asigna un Número de Seguridad Social (NSS), una homoclave que sirve para llevar un registro de los trabajadores asegurados que están inscritos en dicha institución.

El NSS es permanente e intransferible y te lo pueden solicitar cuando ingreses a un nuevo trabajo o a la escuela, también al tramitar un crédito del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda () o cuando quieras tramitar tu pensión.

¿Qué significa cada dígito de tu Número de Seguridad Social?

El está conformado por 11 dígitos y cada uno de ellos tiene una razón de ser:

  • Los primeros dos dígitos se refieren a la subdelegación a la que fuiste afiliado.
  • Los dos siguientes indican el año en que el derechohabiente se incorporó al IMSS.
  • Los dos números que siguen corresponden a tu fecha de nacimiento.
  • Los siguientes 4 son un número consecutivo de inscripción que el IMSS asigna.
  • El último es un número de verificación del trabajador ante el IMSS.

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¿Cómo te ayuda tu NSS a saber el tipo de pensión recibirás?

Si te fijas en tu NSS podrás saber que tipo de pensión puedes llegar a obtener. Solo te tienes que fijar en los dos dígitos que indican el año en que el derechohabiente se incorporó al IMSS.

La pensión del IMSS se rige por la ley del seguro social, que prevé dos tipos de regímenes para los asegurados: Régimen de 1973 y Régimen de 1997.

Es indispensable que conozcas tu régimen de pensión, Ley 73 o Ley 97, antes de iniciar tus trámites de retiro, pues cada régimen pide requisitos diferentes.

Si te diste de alta en el IMSS antes del 1 de julio de 1997, tu régimen es Ley 73 y si te registraste a partir del 1 de julio de 1997, tu régimen es Ley 97.

La diferencia sustancial entre la Ley 73 y la Ley 97 del IMSS radica en el número de semanas necesarias para solicitar la pensión y el monto de la misma.

El régimen de Ley 73 contempla un mínimo de 500 semanas de cotización para obtener una pensión de vejez vitalicia, calculada a través del promedio del salario de los últimos cinco años de cotización.

Existen dos modalidades de pensión por edad en esta Ley: la de cesantía en edad avanzada y la pensión por vejez.

Si el trabajador tiene entre 60 y 64 años le corresponde la cesantía en edad avanzada, un esquema cuyo monto va del 75 por ciento al 95 por ciento del total de pensión. No obstante, si el trabajador tiene 65 años o más debe recibir una pensión por vejez completa.

En cambio, la Ley 97, introduce un nuevo sistema pensionario basado en cuentas individuales gestionadas por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) y exige tener al menos 800 semanas cotizadas para recibir el monto ahorrado durante la vida laboral.

Por lo tanto, si quieres tener una pensión que te ayude a cubrir tus necesidades diarias debes realizar ahorro voluntario en tu cuenta Afore.

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