Llegar a pensionarse es uno de esos momentos que muchos esperamos con ansias: por fin descansar, viajar, cuidar el jardín o simplemente disfrutar del cafecito sin prisas.
Pero más allá del lado bonito, este momento también es clave para tomar decisiones financieras inteligentes, porque todo lo que hagas o dejes de hacer puede impactar directamente en la pensión que recibirás cada mes.
Y aquí viene el dato que pocos conocen: si al tramitar tu pensión con el IMSS tienes esposa, esposo, hijos o incluso padres que dependen económicamente de ti, hay un trámite que puede hacer la diferencia en tu bolsillo.
El IMSS, a través de la Ley 73, contempla un beneficio adicional al monto de la pensión para quienes aún tienen dependientes económicos. Se trata de registrar a tus beneficiarios: esposa, esposo, concubina o concubinario, hijos menores o en edad de estudios, e incluso tus padres.
Esto no solo asegura que tus seres queridos tengan protección en caso de que faltes, sino que también incrementa tu pensión mensual. Una medida que busca reconocer las responsabilidades familiares de quienes llegan a la etapa de retiro.
De acuerdo con el IMSS, estos son los familiares que puedes registrar para aumentar tu pensión:
El incremento depende de cada caso y del número de beneficiarios, pero los porcentajes oficiales son claros:
Estos porcentajes pueden parecer pequeños, pero en la práctica hacen una gran diferencia en el bolsillo. Ese dinero extra puede cubrir desde medicamentos hasta la despensa o gastos inesperados.
Aunque muchos lo ignoran o lo dejan “para después”, el trámite es bastante sencillo:
El IMSS recomienda hacer este paso antes de iniciar el trámite de jubilación para evitar retrasos y garantizar que el cálculo de tu pensión incluya a tu familia desde el inicio.
Si no realizas este trámite al momento de pensionarte, tu pensión se calculará solo para ti, sin considerar el apoyo económico para tus dependientes.
Hacerlo después puede complicar el proceso, generar retrasos y en algunos casos limitar los beneficios.
Depende del número de beneficiarios. El IMSS contempla un 10% extra por cada hijo menor de 16 años, hijos estudiantes hasta los 25, hijos con discapacidad y padres dependientes en ausencia de cónyuge e hijos.
¿Dónde puedo hacer este trámite? Directamente en tu clínica o subdelegación del IMSS, presentando la documentación requerida. Acerca de la autora: Itzel Navarrete es una comunicóloga apasionada por el poder de las palabras y la creatividad; escribe sobre finanzas personales en DeDinero.