En julio de este año, México dio un paso decisivo hacia la identidad digital con la creación de la CURP biométrica, un documento que integra datos como huellas dactilares y fotografía facial. Su objetivo: fortalecer la seguridad ciudadana y simplificar los trámites públicos.
Sin embargo, aunque la ley ya la reconoce como obligatoria, su implementación será gradual y voluntaria durante la primera fase. Aquí te explico lo que realmente dice la ley, las fechas oficiales y su impacto en la vida cotidiana (trámites y servicios).
La Clave Única de Registro de Población (CURP) funciona desde 1996 como identificador nacional en México. Con el Decreto del 16 de julio pasado, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se reformó la Ley General de Población para crear una versión biométrica de la CURP que incluye:
Huellas digitales.
Fotografía del rostro.
Enlace digital con la Plataforma Única de Identidad.
Esta nueva CURP servirá como documento oficial de identificación nacional y digital, permitiendo realizar trámites en línea sin necesidad de presentar credenciales físicas.
Según la reforma legal publicada en el DOF:
Artículo 91 Bis: la CURP biométrica será documento nacional de identificación obligatorio, válido en todo México.
Artículo 91 Quáter: se crea la Plataforma Única de Identidad, bajo la coordinación de la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y el Registro Nacional de Población e Identidad (RENAPO).
Artículo 91 Quinquies: la versión digital de la CURP estará a cargo de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), interoperable con Llave MX y el Expediente Digital Ciudadano.
El decreto fijó un plazo máximo de 90 días naturales (hasta octubre de este año, o sea ya) para que las dependencias federales habiliten los sistemas de registro y verificación.
En la ley sí, pero en la práctica todavía no. Aunque la reforma legal ya reconoce la obligatoriedad del documento, el Gobierno Federal ha confirmado que su implementación será progresiva y voluntaria.
Durante una conferencia del 22 de agosto pasado, la Presidencia de la República encabezada por la Doctora Claudia Sheinbaum aclaró que “la gente decide si da sus datos o no”, mientras dure la fase de transición.
A octubre 2025:
No se exige la CURP biométrica para apoyos sociales.
La CURP tradicional sigue siendo válida.
Los módulos de registro biométrico están en despliegue gradual en todo el país.
Hasta el 17 de octubre (hoy), las reglas de operación publicadas en el DOF para programas como:
Pensión del Bienestar, Becas Benito Juárez y Jóvenes Construyendo el Futuro no exigen la CURP biométrica como requisito.
La Secretaría de Bienestar únicamente solicita la CURP tradicional, acompañada de identificación oficial, comprobante de domicilio y acta de nacimiento.
Entonces, no existe disposición legal ni administrativa que condicione apoyos o registros al uso de la nueva CURP biométrica.
La implementación de la CURP biométrica involucra a tres entidades principales:
Secretaría de Gobernación (SEGOB), mediante el RENAPO, coordina el Registro Nacional de Población.
Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) gestiona la versión digital y la interoperabilidad de datos.
Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) colabora en la verificación y protección de los datos biométricos.
Estas instituciones integran la Plataforma Única de Identidad, que conectará todas las bases de datos federales y estatales bajo un mismo estándar de validación.
Según los artículos transitorios del decreto, las dependencias federales tienen hasta este mes para vincular sus bases de datos con la nueva plataforma.
Esto implica que la fase operativa comenzará entre octubre y noviembre de este 2025, aunque la adopción total se extenderá a lo largo de 2026.
Durante esta etapa, el registro biométrico será voluntario, y los ciudadanos podrán actualizar su CURP conforme se habiliten los módulos regionales.
El propósito central es garantizar una identidad única, segura y digitalizada.
Entre los beneficios esperados, han sido señalados los siguientes:
Reducción de fraudes de identidad.
Simplificación de trámites públicos.
Integración de registros en salud, educación y programas sociales.
Avance hacia una identidad digital nacional interoperable.
México busca así modernizar su sistema de identidad ciudadana y alinearse con modelos internacionales de identidad digital segura (como España, Estonia o Chile).
SEGOB (2 de septiembre 2025): confirmó que la CURP biométrica servirá como herramienta de identificación, sin sustituir de inmediato otros documentos.
Presidencia de la República (22 de agosto 2025): reiteró que el registro biométrico será voluntario durante 2025.
Cámara de Diputados (30 de junio 2025): notificó la aprobación del decreto, promulgado el 16 de julio de 2025 en el DOF.
Todas las declaraciones coinciden en que la obligatoriedad plena llegará tras la etapa de transición tecnológica.
La CURP biométrica ya existe y tiene base legal vigente.
Aún no es obligatoria en trámites ni programas sociales.
Su aplicación será gradual durante 2025 y 2026.
El registro biométrico es voluntario y requiere consentimiento informado.
La CURP biométrica ya es ley, pero su uso no es obligatorio aún. Durante la fase de transición, que se extenderá hasta 2026, los ciudadanos podrán mantener su CURP tradicional y decidir cuándo actualizarla. La medida busca equilibrar seguridad, tecnología y derechos ciudadanos, consolidando la base del nuevo sistema nacional de identidad digital. La implementación está a cargo de SEGOB, RENAPO y la ATDT, y busca fortalecer la seguridad y digitalización del Estado mexicano. Acerca del autor: Javier Ramírez es periodista financiero especializado en economía digital, inteligencia artificial, fintech, negocios e inversiones; escribe todos los días en DeDinero de El Universal.