En México, el 10 de mayo es considerado una de las fechas más especiales del año, ya que en este día se celebra a la madre. Al ser una celebración especial, cientos de trabajadores en México se preguntan si esta fecha se considera como día de descanso obligatorio, ya que en muchas empresas los empleados no asisten a sus labores para que puedan festejar a la reina del hogar.
Sin embargo, ¿qué dice la Ley Federal del Trabajo (LFT) sobre el Día de las Madres? Es por ello que en esta ocasión en DeDinerio, explicaremos si el 10 de mayo es considerado como día de descanso obligatorio.
Según el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes de México, nuestro país fue la primera nación en Latinoamérica en sumarse a la conmemoración del Día de las Madres; sin embargo, el 10 de mayo no se encuentra dentro de las fechas indicadas como días de descanso obligatorio en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.
A pesar de que en muchas empresas suelen recortar el horario laboral o incluso les llegan a dar permiso a sus colaboradores de no asistir a sus labores, hay otros centros laborales en donde este beneficio no se brinda, por lo que si un trabajador falta el 10 de mayo sin autorización o permiso, se le podrá descontar el día.
Por otro lado, muchos trabajadores no tendrán que preocuparse por esto este año, ya que, de acuerdo con el calendario del 2025, la celebración del 10 de mayo cae en sábado este año, por lo que muchos no tendrán que preocuparse por algún descuento, ya que muchas empresas les brindan a sus empleados dos días de descanso a la semana (sábado y domingo).
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, estas son las festividades que faltan por celebrarse y que son consideradas como días de descanso obligatorio, por lo que los empleados en México podrán olvidarse por un día más de sus obligaciones laborales.
En el artículo 75 de la LFT, se menciona que tanto los patrones como colaboradores deberán determinar el número de empleados que deban prestar sus servicios en estas fechas. Aquellos colaboradores que acudan a su centro laboral a prestar sus servicios tendrán que recibir, además de su salario, un sueldo doble por el servicio prestado; esto quiere decir que a estos trabajadores se les debe pagar triple el día.
Asimismo, en caso de que la fecha de descanso obligatoria caiga en domingo, el patrón deberá brindarle un pago conocido como prima dominical, el cual corresponde a un 25 por ciento de su salario diario.