¿Eres de los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)? Pues déjame decirte que a partir de agosto podrás incrementar el monto de tu pensión, bueno, siempre y cuando seas de los pensionados del régimen ley 73.
Toma en cuenta que esta ley aplica para los trabajadores afiliados al IMSS que comenzaron a cotizar antes del primero de julio de 1997. Si eres de estos empleados, podrás acceder a ciertos esquemas para que puedas aumentar tu pensión mensual.
El Instituto Mexicano del Seguro Social emitió algunas actualizaciones con el fin de mejorar los ingresos de sus pensionados. Esta iniciativa surgió en respuesta a la inflación y al aumento de los gastos de salud y manutención.
Los pensionados podrán aumentar el monto que reciben mes con mes, bajo las siguientes dos modalidades:
Estos esquemas ya han sido contemplados por la Ley del Seguro Social, y se prevé que los pensionados puedan aumentar el monto que reciben cada mes de un 10 a un 25 por ciento.
Esta prestación se les otorga a los pensionados que tienen familiares dependientes de ellos, como pueden ser cónyuges, hijos menores de edad o con alguna discapacidad.
Para los interesados en obtener este beneficio, es necesario que acudan directamente a las oficinas del IMSS.
Es necesario tomar en cuenta que será esencial presentar un documento oficial con el cual se pueda acreditar el vínculo familiar y la dependencia económica.
Este esquema se realiza con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Durante cada inicio de año, el IMSS actualiza el valor de las pensiones para que se pueda mantener el poder adquisitivo de los beneficiarios.
No se necesita realizar ningún trámite de forma presencial o en línea, ya que se aplica de forma automática.
De acuerdo con el calendario de pagos de pensionados y jubilados del IMSS, el pago correspondiente al mes de agosto se realizó hoy, viernes 1 de agosto. En caso de que aún no recibas este pago, no te preocupes porque deberá verse reflejado a más tardar a las 23:59 horas.
En caso de que pase dicha hora y aún no recibas tu pago, deberás presentar una solicitud para el pago de mensualidades no cobradas o para reclamar diferencias relacionadas con la pensión.
Este procedimiento debe realizarse en la Unidad de Medicina Familiar que te corresponda, en un horario de 8:00 a 15:00 horas.
Es importante mencionar que el trámite es gratuito; no obstante, es fundamental que presentes la siguiente documentación requerida en original y copia.
Recuerda que el beneficio del incremento a la pensión es solo para los pensionados del régimen de la Ley 73; es decir, aquellos trabajadores afiliados al IMSS que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. Acerca del autor: Daniel Fitta es un periodista de DeDinero apasionado por las finanzas personales.