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No solo la Declaración Anual: Quiénes deben presentar dictamen fiscal al SAT antes del 15 de mayo

Dictamen fiscal 2025: personas físicas y morales deben presentarlo antes del 15 de mayo por ejercicio 2024

¿Cuál es la fecha límite para presentar el Dictamen Fiscal? (Foto: DeDinero)
12/05/2025 |14:58
Javier Ramírez
Editor web en El UniversalVer perfil

El dictamen fiscal es un documento que presenta un contador público autorizado ante el (Servicio de Administración Tributaria), en el cual se revisan y certifican los estados financieros de una empresa o persona física con actividad empresarial.

Este proceso forma parte del cumplimiento voluntario u obligatorio de ciertas en México.

¿Cuál es la fecha límite para presentar el Dictamen Fiscal? (Foto: DeDinero)

¿Qué personas físicas o morales están obligadas a presentar el dictamen de estados financieros en 2025?

Para el ejercicio fiscal 2024, el SAT confirmó que el plazo máximo para presentar este dictamen es el 15 de mayo de 2025. Esto aplica tanto para quienes están obligados por ley como para aquellos que, sin estarlo, deciden presentar el dictamen de forma voluntaria como estrategia fiscal o de cumplimiento.

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Según el Artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, deben presentar el dictamen los contribuyentes que, durante el ejercicio fiscal anterior, cumplan con alguno de los siguientes criterios:

  • Ingresos acumulables superiores a $122,814,830.00 pesos.
  • Activos superiores a $97 millones de pesos al cierre del ejercicio.
  • Promedio anual de 300 o más empleados.

Además, cualquier persona física o moral con actividad empresarial puede optar por presentar el dictamen aunque no esté obligada, como medida de transparencia, cumplimiento y prevención ante auditorías del SAT.

¿Por qué es importante cumplir con esta obligación fiscal antes del 15 de mayo?

El plazo límite del 15 de mayo de 2025 no es opcional. De no presentarse el dictamen dentro de este periodo, el SAT puede imponer multas, sanciones o auditorías fiscales, lo cual puede representar costos económicos, desgaste operativo y afectación a la reputación fiscal del contribuyente.

Presentar el dictamen en tiempo también permite:

  • Prevenir revisiones profundas por parte del SAT.
  • Mantener un historial limpio ante el fisco.
  • Acceder a programas de cumplimiento cooperativo.
  • Mejorar la percepción de la empresa ante inversionistas o bancos.

¿Cómo se presenta el dictamen fiscal del ejercicio 2024?

El proceso debe llevarse a cabo exclusivamente a través del sistema SIPRED (Sistema de Presentación del Dictamen), disponible en el sitio oficial del SAT. Solo los contadores públicos registrados ante la autoridad fiscal pueden realizar esta tarea.

Es necesario que el contribuyente y el contador trabajen de forma conjunta para integrar:

  • Estados financieros auditados.
  • Declaraciones anuales.
  • Anexos técnicos requeridos en el Anexo 16 y 16-A de la RMF 2025.
  • Información adicional relevante para justificar movimientos fiscales.

¿Qué pasa si no presento el dictamen fiscal en 2025?

La omisión en la presentación puede implicar:

Multas económicas considerables, que van desde miles hasta cientos de miles de pesos, dependiendo del tamaño de la empresa y la reincidencia.

Auditorías fiscales más detalladas por parte del SAT.

Imposibilidad de acceder a ciertos beneficios fiscales o programas de condonación.

Problemas con bancos o inversionistas al verificar la transparencia fiscal.

Beneficios de presentar el dictamen fiscal, incluso si no estás obligado

Aunque no se cumpla con los montos o condiciones obligatorias, optar por dictaminar voluntariamente puede traer beneficios:

  • Mejora la relación con el SAT al demostrar voluntad de transparencia.
  • Ayuda a prevenir errores en declaraciones futuras.
  • Brinda confianza ante socios comerciales.
  • Puede facilitar procesos de financiamiento y licitaciones.

¿Dónde consultar la normativa oficial del SAT para 2025?

Toda la información oficial se encuentra en el portal del SAT y sus documentos asociados. Los más relevantes son:

  • Anexo 16 RMF 2025
  • Anexo 16-A RMF 2025
  • Artículo 32-A del CFF

¿Puedo presentar el dictamen después del 15 de mayo de 2025?

No. El 15 de mayo es la fecha límite oficial y no se prevé prórroga. Presentarlo fuera de tiempo implica incumplimiento y puede derivar en sanciones.

¿Qué pasa si mi contador no está registrado en el SAT?

Tu dictamen no será válido. El SAT exige que el dictamen lo emita un contador público autorizado y registrado en su padrón.

¿Los honorarios del contador para el dictamen son deducibles?

Sí, en la mayoría de los casos, los honorarios por servicios profesionales son deducibles para efectos fiscales, siempre que se cuente con factura y estén debidamente justificados.

¿El dictamen sustituye mi declaración anual?

No. El dictamen es complementario, no sustituye ni exonera de presentar la declaración anual.

¿Cómo saber si estoy obligado a presentar dictamen fiscal?

Debes analizar los ingresos, activos y número de empleados del ejercicio anterior. Un contador puede ayudarte a determinarlo con certeza.

Tanto si estás obligado como si decides hacerlo de forma voluntaria, presentar el dictamen fiscal ante el SAT es una decisión estratégica que protege tu negocio. Asegúrate de revisar los requisitos, apoyarte de un contador público registrado y cumplir con el plazo del 15 de mayo de 2025.

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