El reparto de utilidades es un derecho constitucional que garantiza a los trabajadores recibir una parte de las ganancias netas generadas por la empresa en la que laboran.
Este derecho se ejerce sobre las utilidades del ejercicio fiscal 2024 y su pago debe realizarse en 2025 conforme a lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece que el pago de utilidades debe realizarse a más tardar el 30 de mayo de 2025 si trabajas para una empresa (persona moral), o hasta el 29 de junio de 2025 si tu patrón es una persona física con actividad empresarial.
Cualquier pago fuera de este plazo se considera incumplimiento legal.
Tienen derecho a participar en el reparto de utilidades todos los trabajadores que hayan laborado al menos 60 días durante el ejercicio fiscal 2024, sin importar si su contrato es permanente o eventual.
También se incluyen las madres en licencia de maternidad, padres con permiso de paternidad y personas con incapacidad temporal por riesgo de trabajo.
Existen excepciones legales. No tienen derecho al pago de utilidades los directores, administradores y gerentes generales de la empresa, socios o accionistas, trabajadores domésticos, prestadores de servicios profesionales sin relación subordinada y trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días.
Si no recibiste tu pago a tiempo, tienes derecho a denunciar ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Puedes hacerlo llamando al 800 911 7877 o enviando un correo a .
También puedes acudir directamente a sus oficinas en todo el país para recibir asesoría gratuita.
En caso de que tu patrón afirme que la empresa no generó utilidades, puedes solicitar una copia de la declaración anual del Impuesto sobre la Renta presentada ante el SAT.
Si la empresa tuvo ganancias, está obligada a repartirlas. En caso contrario, puedes acudir a Profedet para que se investigue.
No todas las empresas están obligadas a pagar utilidades. Están exentas las de nueva creación en su primer año de operación, las que elaboran un producto nuevo en sus primeros dos años, instituciones privadas sin fines de lucro, empresas en etapa de exploración minera y organismos públicos descentralizados como el IMSS con fines culturales o asistenciales.
Las empresas que incumplen con este pago pueden recibir multas que van desde 250 hasta 5,000 veces la UMA. En 2025, esto representa sanciones de entre $28,285 y $565,700 pesos, según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo.
Sí. Tienes hasta un año a partir de la fecha límite (30 de mayo o 29 de junio) para presentar una queja formal y exigir tu pago. Después de ese periodo, tu derecho prescribe y ya no podrás reclamar legalmente.
El monto de utilidades que corresponde hasta 15 días de salario mínimo está libre de impuestos. En 2025, esto equivale aproximadamente a $3,733.95 pesos. Si el monto supera esta cantidad, se aplican las retenciones fiscales correspondientes.
Si no recibiste utilidades en 2025, recuerda que tienes derechos respaldados por la ley. Infórmate, exige lo justo y denuncia si es necesario. La Profedet y el SAT están obligados a proteger tus derechos laborales. No dejes pasar el tiempo: actúa antes de que prescriba tu derecho.