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Pago de Marcha Pensión Bienestar 2026: quién lo cobra, cuánto dan y cómo solicitarlo paso a paso

Recuerda que esta asistencia económica es un beneficio que brinda la Pensión del Bienestar

Así funciona el Pago de Marcha del Bienestar 2026; descubre quién puede cobrarlo. (Foto: Creada con IA)
16/01/2026 |09:20
Daniel Fitta
PeriodistaVer perfil

Gracias a la , millones de mexicanos cada bimestre reciben un apoyo económico que les ayuda a mejorar su calidad de vida. Sin embargo, te has preguntado: ¿qué pasa con el apoyo económico cuando el titular fallece?

Pues, de acuerdo con la Secretaría del Bienestar, organismo encargado de gestionar los programas sociales en México, explica que cuando el derechohabiente del apoyo económico muere, activa la modalidad “Pago de Marcha”; si no sabes en qué consiste este, pues quédate, que en te lo explico.

Pago de Marcha Pensión Bienestar 2026: quién lo cobra, cuánto dan y cómo solicitarlo paso a paso. (Foto: Creada con IA)

¿Qué es el Pago de Marcha de la Pensión del Bienestar? ¿Y quién podrá solicitarlo en 2026?

Los , impulsados por el gobierno federal, se han convertido en un verdadero resaltado para millones de familias en todo el país, pues estas asistencias económicas bimestrales no solo son una ayuda extra, sino que para muchos beneficiarios son su único ingreso económico, el cual les permite salir adelante día con día.

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De acuerdo con las reglas de operación, las Pensiones del Bienestar, cuando el titular del programa, se brinda un pago único a la persona que fue registrada como auxiliar de quien recibía la asistencia. Este apoyo económico tiene el objetivo de apoyar a los familiares a liquidar adeudos o gastos funerarios del derechohabiente

Cabe resaltar que, con la implementación de nuevos programas sociales, la Secretaría del Bienestar informó que a esta modalidad solo pueden acceder los beneficios de las siguientes iniciativas sociales:

  • Pensión para el Bienestar de las personas adultas mayores, la cual brinda un pago de marcha de $3,100 pesos.
  • Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad, en la cual se brinda un pago de marcha de $1,600 pesos.
  • Pensión Mujeres Bienestar, en la cual el pago de marcha es de $1,500 pesos.

Es importante mencionar que si el titular no ha designado algún beneficiario, el Comité Técnico del programa puede autorizar el apoyo bajo ciertas circunstancias especiales.

¿Qué se necesita para recibir el Pago de Marcha?

En caso de que el titular de la Pensión del Bienestar haya fallecido, la persona auxiliar tendrá que notificar el deceso del derechohabiente mediante la línea del Bienestar, cuyo número es 800 639 4264. Hay que tomar en cuenta que el horario de atención es de líneas a viernes, de 8:00 a 21:00 horas, mientras que los fines de semana el servicio es de 9:00 a 19:00 horas.

Durante la llamada, el personal del Bienestar te pedirá ciertos datos para comenzar con el proceso del ago de Marcha, como son los siguientes:

  • Nombre del beneficiario y de la persona auxiliar.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) de ambos.
  • Acta de defunción o constancia médica de fallecimiento, la cual debe estar emitida por alguna institución pública.
  • Es importante resaltar que la persona auxiliar no podrá solicitar este apoyo económico si no cuenta con el acta de defunción o la constancia médica. Durante la llamada, a la persona designada por los beneficiarios de la pensión se le brindarán las instrucciones a seguir para recibir el Pago de Marcha, el cual se emitirá al siguiente bimestre.

¿Cómo puedo registrar a una persona auxiliar?

Aunque al momento del registro es necesario designar a una persona auxiliar, si durante tu inscripción a la Pensión del Bienestar no registraste a un beneficiario, no te preocupes, podrás hacerlo marcando las Líneas del Bienestar, por lo que deberás tener a la mano la siguiente información, tanto tuya como la de tu persona auxiliar:

  • CURP.
  • Direcciones de domicilio.
  • Claves de elector.
  • Números de cotacot.

Ojo, toma en cuenta que no es necesario registrar a un familiar como persona auxiliar, ya que podrás designar como tu beneficiario a la persona que tú desees. De igual forma, es importante mencionar que este será el último pago que la Secretaría del Bienestar brinde a la tarjeta del titular, ya que después de que este se cobre, se dará de baja al fallecido, con el objetivo de evitar que terceros continúen cobrando de manera indebida la asistencia económica. Acerca del autor: es periodista apasionado por las finanzas personales; escribe todos los días en DeDinero de El Universal.

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