Gracias a la Pensión del Bienestar, millones de mexicanos cada bimestre reciben un apoyo económico que les ayuda a mejorar su calidad de vida. Sin embargo, te has preguntado: ¿qué pasa con el apoyo económico cuando el titular fallece?
Pues, de acuerdo con la Secretaría del Bienestar, organismo encargado de gestionar los programas sociales en México, explica que cuando el derechohabiente del apoyo económico muere, activa la modalidad “Pago de Marcha”; si no sabes en qué consiste este, pues quédate, que en DeDinero te lo explico.
Los programas del Bienestar, impulsados por el gobierno federal, se han convertido en un verdadero resaltado para millones de familias en todo el país, pues estas asistencias económicas bimestrales no solo son una ayuda extra, sino que para muchos beneficiarios son su único ingreso económico, el cual les permite salir adelante día con día.

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De acuerdo con las reglas de operación, las Pensiones del Bienestar, cuando el titular del programa, se brinda un pago único a la persona que fue registrada como auxiliar de quien recibía la asistencia. Este apoyo económico tiene el objetivo de apoyar a los familiares a liquidar adeudos o gastos funerarios del derechohabiente
Cabe resaltar que, con la implementación de nuevos programas sociales, la Secretaría del Bienestar informó que a esta modalidad solo pueden acceder los beneficios de las siguientes iniciativas sociales:
Es importante mencionar que si el titular no ha designado algún beneficiario, el Comité Técnico del programa puede autorizar el apoyo bajo ciertas circunstancias especiales.
En caso de que el titular de la Pensión del Bienestar haya fallecido, la persona auxiliar tendrá que notificar el deceso del derechohabiente mediante la línea del Bienestar, cuyo número es 800 639 4264. Hay que tomar en cuenta que el horario de atención es de líneas a viernes, de 8:00 a 21:00 horas, mientras que los fines de semana el servicio es de 9:00 a 19:00 horas.
Durante la llamada, el personal del Bienestar te pedirá ciertos datos para comenzar con el proceso del ago de Marcha, como son los siguientes:
Aunque al momento del registro es necesario designar a una persona auxiliar, si durante tu inscripción a la Pensión del Bienestar no registraste a un beneficiario, no te preocupes, podrás hacerlo marcando las Líneas del Bienestar, por lo que deberás tener a la mano la siguiente información, tanto tuya como la de tu persona auxiliar:
Ojo, toma en cuenta que no es necesario registrar a un familiar como persona auxiliar, ya que podrás designar como tu beneficiario a la persona que tú desees. De igual forma, es importante mencionar que este será el último pago que la Secretaría del Bienestar brinde a la tarjeta del titular, ya que después de que este se cobre, se dará de baja al fallecido, con el objetivo de evitar que terceros continúen cobrando de manera indebida la asistencia económica. Acerca del autor: Daniel Fitta es periodista apasionado por las finanzas personales; escribe todos los días en DeDinero de El Universal.