Desde el martes 17 de junio, por ley, las empresas en México deben garantizar que sus trabajadores tengan un lugar para descansar sentados si su actividad lo permite. Pero, ¿existen excepciones? ¿Aplica para todos los sectores y tipos de empleo?
Aquí te explico quiénes sí y quiénes no están cubiertos por la llamada Ley Silla, de acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación y lo dicho por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), entre otras fuentes oficiales.
La Ley Silla es una reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada el 19 de diciembre de 2024, con entrada en vigor el 17 de junio de este 2025, tras un periodo de 180 días de adaptación.
Establece que toda persona trabajadora que realiza funciones de pie debe tener acceso a una silla para descansar cuando la actividad lo permita, sin necesidad de autorización previa y sin represalias.
Este nuevo derecho laboral busca proteger la salud física y emocional de millones de personas en sectores como comercio, supermercados, farmacias, atención al cliente, call centers, fábricas, entre otros, donde por años se ha normalizado trabajar de pie durante jornadas prolongadas.
La Ley aplica a todos los centros de trabajo del sector privado en México, excepto cuando la actividad impida físicamente el uso de una silla.
Si tu función permite sentarte en ciertos momentos del día sin afectar la operación o la seguridad, tu empleador debe proporcionarte una silla digna y un espacio adecuado.
La única excepción reconocida por ley es cuando la actividad, por su naturaleza, impida usar una silla. Esto debe estar sustentado con argumentos técnicos de seguridad, higiene o funcionamiento operativo.
Importante: La STPS publicará antes de julio una guía técnica con criterios y ejemplos específicos para definir qué puestos quedarían fuera de esta obligación.
Las empresas que no garanticen el derecho a descansar sentados podrán ser sancionadas por la STPS.
De 250 a 2,500 UMAs, es decir:
Entre $28,000 y $283,000 pesos, según el valor de la UMA actual.
En caso de reincidencia, se puede ordenar la suspensión temporal del centro de trabajo.
Si crees que tu puesto sí permite descansar sentado, pero tu empresa no lo respeta, puedes actuar:
Recuerda: Tener una silla no implica estar sentado todo el tiempo, sino poder descansar sin represalias cuando la actividad lo permita.
Sí. Todas las cadenas comerciales están obligadas a cumplirla, salvo los puestos específicos que la STPS excluya por motivos operativos.
Puedes pedir por escrito que te justifiquen esa afirmación. Si no hay argumentos técnicos válidos, puedes reportarlo a la Profedet o pedir revisión a la STPS.
Aún no. La STPS emitirá una guía antes del 17 de julio con la lista de actividades que pueden quedar exentas.
Solo si tienen una relación laboral formal y están registradas ante el IMSS. Si trabajan sin contrato, la ley no las cubre directamente.
Ahora ya sabes que la Ley Silla es obligatoria en México para todos los empleadores del sector privado cuyos puestos permitan sentarse de forma segura y funcional. No existen exenciones automáticas por sector, y solo en casos muy específicos la empresa podrá justificar que no se puede cumplir.
Javier Ramírez es periodista financiero especializado en economía digital, inteligencia artificial, fintech e inversiones personales. Coordinador Editorial de DeDinero.