El pasado 4 de junio, mediante su cuenta de X, la Secretaría del Bienestar mencionó que en los próximos días se abrirá el registro para nuevos aspirantes a la r, por lo que invitó a los adultos de 65 años o más interesados en este programa social a que preparen su documentación para el registro.

Es por ello que en esta ocasión en compartimos cuáles son los requisitos, para que las personas adultas mayores puedan ingresar y obtener el apoyo económico de los 6 mil 200 pesos que brinda el gobierno federal mediante la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores.

Pensión del Bienestar. (Foto: @avisosbienestar)
Pensión del Bienestar. (Foto: @avisosbienestar)

¿Qué es la Pensión del Bienestar para Adultos Mayores?

Es un programa social implementado por el Gobierno Federal, con el fin de contribuir al bienestar de las personas adultas mayores de 65 años, mediante la entrega de una pensión que les ayude a mejorar sus condiciones de vida, y que a su vez les permita el acceso a la protección social.

Los beneficiarios de esta pensión perciben un apoyo bimestral de 6 mil 200 pesos, los cuales se depositan de manera directa y sin intermediarios a través de una tarjeta del Banco del Bienestar.

¿Qué documentos se necesitan para la Pensión del Bienestar para adultos mayores?

Para que los adultos mayores de 65 años puedan obtener el apoyo económico de los 6 mil 200 pesos, es necesario que cuenten con la siguiente documentación en original y copia:

  • Identificación oficial vigente.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP).
  • Acta de nacimiento legible.
  • Comprobante de domicilio no mayor a seis meses.
  • Teléfono de contacto.

Cabe recordar que, en caso de que el titular de la pensión fallezca, el programa le brindará un Apoyo Económico de Pago de Marcha a las personas que el fallecido, haya registrado como su auxiliar.

Para que se pueda cobrar este apoyo, es necesario que se cumpla con los siguientes requisitos:

  • Identificación oficial vigente.
  • Acta de defunción o constancia médica.

Cabe señalar que, en caso de que no se informara la defunción del derechohabiente durante el periodo señalado, se perderá el derecho a obtener este apoyo.

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