Perder a un ser querido es una de las pruebas más difíciles de la vida; sin embargo, al dolor de la pérdida se suman los trámites inmediatos y una pregunta inevitable para cualquier trabajador: ¿cuántos días de permiso por luto me corresponden y cómo debo solicitarlos?
Es por ello que, si tú o alguien cercano está pasando por este momento tan complejo, en esta ocasión en DeDinero te explicamos qué dice la ley para que puedas enfocarte en lo importante: acompañar a los tuyos.
A diferencia de países como España, Portugal, Alemania y Japón, en México hasta el momento no existen de manera oficial las licencias por fallecimiento de un familiar. Si bien han surgido ciertas iniciativas para instaurar de manera formal en la Ley Federal del Trabajo (LFT) este permiso, no ha sido autorizado.

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En el 2025, dicha iniciativa fue propuesta con el fin de que los trabajadores pudieran obtener 5 días de permiso remunerado en caso de fallecimiento de familiares directos, o sea, padres, hermanos o cónyuges.
Y aunque sigue sin ser una normativa oficial, hay empresas que suelen conceder entre 1 y 5 días de descanso, con goce de sueldo, para que el familiar pueda procesar su duelo. Este tipo de beneficios, generalmente viene incluido en los reglamentos interiores o prestaciones extralegales de las empresas.
No obstante, solo puede solicitarse cuando el fallecimiento se trata de un familiar considerado como de primer grado, como son:
De acuerdo con un artículo publicado en 2025 por El Universal, algunas instituciones otorgan entre uno y tres días hábiles por el fallecimiento de familiares en línea colateral hasta el segundo grado y por afinidad, como suegros y cuñados.
En caso de requerir el permiso, porque te encuentras en esta dolorosa situación, estos son los pasos recomendados para gestionar tu ausencia de forma ágil y evitar inconvenientes administrativos:
Notifica a tu jefe directo o a Recursos Humanos lo antes posible; recuerda que la comunicación temprana permite al equipo cubrir tus funciones y registrar la falta como justificada.
Vale la pena consultar el manual del empleado o el contrato colectivo para verificar los días exactos que otorga la empresa y sus condiciones.
Recuerda que, para mantener el goce de sueldo, las empresas requieren que les proporciones una copia del acta de defunción o el certificado médico de fallecimiento.
Y si me niegan los días y falto, ¿pueden descontarme?
Sí, recuerda que estos permisos no están estipulados en la Ley Federal del Trabajo, por lo que si no cuentas con la autorización de tus jefes y aun así faltas, la empresa podrá descontar el día, por el concepto de falta injustificada.
Es por ello que, a pesar del duelo que estás viviendo, es importante que averigües si tu empresa cuenta con estos permisos y qué grado de parentesco cubren. Acerca del autor: Daniel Fitta es periodista apasionado por las finanzas personales; escribe todos los días en DeDinero de El Universal.