¿Tu tía te dejó como uno de sus herederos en su testamento? ¿No sabes cuánto es lo que te corresponde? No te preocupes porque en esta ocasión, en DeDinero, te explico cómo funciona el tema de las herencias, especialmente si se trata de familias sin hijos, y cómo es que se deben repartir de acuerdo con las leyes en México.
Sí, ya que, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 1313 del Código Civil Federal, todas las personas tienen el derecho a heredar, independientemente de su edad. Al momento en que una persona redacta su testamento, él tiene la libertad de decir qué familiares, amigos o conocidos recibirán parte de su patrimonio.
De acuerdo con el Colegio de Notarios de la Ciudad de México, la cantidad de bienes o económica que las personas pueden recibir por parte de sus familiares o amigos dependerá de la existencia del resto de los herederos, del patrimonio a repartir y de la designación del testador, ya que este es quien decide la cantidad o las propiedades que cada uno de sus herederos recibirá.
La Secretaría de Gobernación menciona que si un individuo posee bienes y no deja testamento, es probable que los “posibles herederos” lleguen a enfrentar disputas por la repartición de bienes, además de que tendrán que desembolsar grandes cantidades de dinero y perderán tiempo porque tendrán que solicitar un juicio sucesorio intestamentario ante un juez familiar para establecer legalmente quiénes son los beneficiarios.
El proceso inicia con la apertura del juicio, donde se convoca a los posibles herederos, se efectúa un inventario y valoración de los bienes, y se designa a un albacea (la persona encargada de gestionar la herencia). Luego, el juez prepara un proyecto de reparto y, finalmente, se distribuirán los bienes según lo dispuesto en dicho plan. Es fundamental tener en cuenta que, en ausencia de testamento, la ley determina un orden específico para identificar a los herederos, el cual es el siguiente:
Tras la lectura del testamento, si los herederos no están de acuerdo con los bienes que recibieron, pueden solicitar un juicio para impugnar el testamento, esto siempre y cuando tengan motivos de impugnación válidos, como por ejemplo, si un hijo fue sacado del testamento y se comprueba que este testador fue presionado para llevar a cabo esta acción.
Sí, ya que en algunas ocasiones se establece una cláusula de no impugnar, por lo que existe la posibilidad de que las personas que hayan realizado este trámite se queden sin la parte que les fue asignada.
No, ya que los infantes no cuentan con capacidad legal para incitar este trámite, por lo que este proceso únicamente lo pueden solicitar los mayores de 18 años.
La elaboración de este documento ayuda a que se cumpla la última voluntad del titular de los bienes, pues con este se designa a cada uno de los beneficiarios y la parte que les corresponde.
Daniel Fitta es un periodista de DeDinero apasionado por las finanzas personales.