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¿Qué pasa con tu deuda Fonacot si mueres? Esto es lo que nadie te dice

Este proceso también se puede aplicar en caso de una incapacidad permanente

Conoce qué dice el Fonacot en caso del fallecimiento del titular del crédito. (Foto: Creada con IA)
30/04/2025 |08:56
Daniel Fitta
PeriodistaVer perfil

Como hemos mencionado anteriormente, el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores () se ha convertido en el apoyo ideal de millones de familias en México. Esto ha sido gracias a los créditos que este organismo brinda, los cuales pueden ser utilizados para diversas necesidades o incluso gustos, como puede ser adquirir un auto, irse de vacaciones o liquidar alguna tarjeta de crédito.

Los créditos que ofrece el Fonacot se caracterizan por manejar la más baja del mercado financiero, pues están diseñados para mejorar las condiciones de vida de sus acreditados. Si bien este organismo está facultado para brindar préstamos equivalentes de hasta cuatro meses del salario de un trabajador, es necesario que el interesado cumpla con algunos requisitos para poder acceder a estos financiamientos.

Sin embargo, cientos de acreditados se han preguntado qué pasa con la deuda del préstamo del Fonacot en caso de que ellos fallezcan, por lo que en esta ocasión en DeDinero lo explicaremos.

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¿Qué pasa con el crédito Fonacot si fallece el titular?

De acuerdo con las reglas de operación de este organismo, en caso de que el titular fallezca o haya sufrido un accidente que le haya provocado una incapacidad total permanente, se podrá aplicar la cláusula de extinción de la deuda.

Para poder aplicar este beneficio será necesario seguir los siguientes pasos:

Incapacidad total permanente

Se podrá iniciar este proceso una vez que los acreditados hayan recibido el dictamen de incapacidad total. Este debe ser emitido por la institución de seguridad social, la cual es quien presta los servicios médicos.

Asimismo, el dictamen puede ser emitido por un médico de alguna aseguradora o de una institución particular, además de que deberán entregar los estudios que avalen la invalidez o incapacidad total y permanente igual o mayor al 75 por ciento de acuerdo con la ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Ya sea el titular o algún familiar, podrán realizar este trámite directamente en las sucursales del Fonacot, entregando la siguiente documentación en original y copia:

  • Solicitud de Extinción de Deuda (Se puede obtener en el siguiente enlace: https://acortar.link/LwGX6a).
  • Dictamen emitido por la Institución de Seguridad Social.
  • Identificación oficial vigente con fotografía del acreditado.
  • Carta poder (en caso de ser representante del acreditado).
  • Identificación oficial del representante.

Defunción

Si el titular del crédito fallece, los familiares podrán realizar el trámite de extinción de la deuda, por lo que será necesario que un representante acuda a alguna de las oficinas del Fonacot para entregar la siguiente documentación:

  • Solicitud de Extinción de Deuda (se puede obtener en el siguiente enlace: https://acortar.link/LwGX6a).
  • Acta de defunción original y una copia certificada.
  • Copia de identificación oficial vigente con fotografía en original y copia.

En caso de tener alguna duda, los titulares o sus representantes pueden solicitar apoyo a través del siguiente número telefónico: 55 8874 7447. Asimismo, el Fonacot pone a su disposición el siguiente número de WhatsApp: 55 3975 8020, en caso de preferir asistencia por este medio.

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