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Quiénes sí y quiénes NO recibirán aguinaldo en 2025, según la Ley Federal del Trabajo

El pago de esta bonificación debe ser equivalente a 15 días de salario como mínimo.

Aguinaldo 2025: descubre quiénes no recibirán este pago y las razones detrás de esta decisión. (Foto: Creada con IA)
08/11/2025 |21:46
Daniel Fitta
PeriodistaVer perfil

En los últimos días en te hemos compartido diversos artículos sobre el monto que aproximadamente los trabajadores estarán recibiendo como aguinaldo.

Sin embargo, ¿sabías que en este 2025 habrá algunos empleados que no estarán recibiendo esta prestación? Pues en esta ocasión te compartiré y las razones.

Estos trabajadores no recibirán aguinaldo en 2025: conoce quiénes quedan fuera de esta prestación. (Foto: Creada con IA)

Quiénes sí y quiénes NO recibirán aguinaldo en 2025, según la Ley Federal del Trabajo

De acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (), los trabajadores formales tienen derecho a recibir un aguinaldo anual de por lo menos 15 días de su salario.

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Pero solo los siguientes trabajadores pueden recibir esta boificación:

Trabajadores de base.

Confianza.

De planta.

Sindicalizados.

Contratados por obra o tiempo determinado.

Eventuales.

Comisionistas.

Agentes de comercio.

Seguros.

Vendedores.

Entre otros.

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Cabe señalar que si estos trabajadores no cumplieron un año prestando sus servicios a la empresa, también recibirán una parte proporcional de esta bonificación, monto que será calculado conforme al tiempo trabajado.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) explica que algunos empleados no recibirán aguinaldo:

Comerciantes.

Artesanos.

Freelance.

Trabajadores sin contrato formal o sin registro ante el patrón.

Cooperativistas que perciben utilidades.

Trabajadores extranjeros que no estén dados de alta formalmente.

¿Cuándo se paga el aguinaldo?

El artículo 87 de la LFT explica que las empresas deben realizar el pago de esta prestación antes del 20 de diciembre, para evitar recibir una sanción económica, la cual sería de entre las 50 hasta las 500 veces la Unidad de Media y Actualización (UMA).

En caso de que tengas derecho a aguinaldo, pero la empresa te lo niegue, podrás recibir asistencia jurídica por parte de la Profedet, a través de los teléfonos 800 911 7877 o al 800717 2942. Acerca del autor: es periodista apasionado por las finanzas personales; escribe todos los días en DeDinero de El Universal.

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