Hacer un testamento no es un trámite frío ni algo que deba posponerse para “cuando llegue el momento”. Al contrario, es un acto de amor y responsabilidad con quienes más queremos.
Con él se protege el patrimonio familiar, sin importar su tamaño, y se evitan largas disputas legales que, en muchos casos, desgastan tanto a nivel económico como emocional a los seres queridos.
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Desde 2003, la Secretaría de Gobernación y el Notariado Mexicano llevan a cabo la campaña “Septiembre, Mes del Testamento”, una iniciativa que cada año busca fortalecer la cultura de la prevención patrimonial.
En este 2025 se celebra su edición número 23, con la participación de los gobiernos estatales y las más de 4,000 notarías del país.
Durante septiembre, miles de familias mexicanas tienen acceso a facilidades únicas:
Esto convierte a septiembre en la mejor época del año para tomar la decisión de ordenar los bienes y garantizar que queden en las manos correctas.
Hacer un testamento cambia radicalmente la manera en que se gestionan los bienes tras el fallecimiento.
Con él, los herederos acuden a la notaría o vía judicial para abrir la sucesión, se nombra al albacea, se hace un inventario de bienes y se cumple la voluntad del testador.
Sin testamento, en cambio, todo inicia con un juicio sucesorio intestamentario.
En este proceso, el juez convoca a todas las personas que consideren tener derecho a heredar y, según la ley, se asignan los bienes por orden de prelación: descendientes, cónyuge o concubina(o), ascendientes y parientes colaterales hasta el cuarto grado.
Este camino no solo implica más gastos y tiempo, también puede abrir la puerta a conflictos familiares.
No es un requisito. El testador solo debe indicar quiénes serán sus herederos. Únicamente en los casos donde quiera dejar un bien específico a alguien, lo que se llama “legado”, será necesario precisar su ubicación o características, además del nombre completo de la persona beneficiada.
Existen diferentes modalidades para adaptarse a cada situación:
El testamento no transfiere de inmediato la propiedad de los bienes. Mientras viva, el testador sigue siendo dueño absoluto de lo que está a su nombre y puede venderlo, donarlo o disponer de ello libremente.
Además, es un documento revocable, lo que significa que puede modificarse cuantas veces se desee: siempre será válido el último que se otorgue.
En el caso de tener hijas o hijos menores de edad, el testamento permite designar un tutor, garantizando su custodia y representación legal en caso de que falten los padres.
También hay que tomar en cuenta que, al fallecer la persona, los bienes responden primero a las deudas del testador hasta donde su valor alcance, de modo que los herederos no quedan obligados a aceptar un patrimonio con adeudos superiores a los activos.
Durante la campaña se aplican descuentos de hasta el 50% sobre el costo normal en todo el país, gracias a un convenio entre el Gobierno de México y el Notariado Mexicano.
Sí, el testamento es un acto revocable y puede modificarse cuantas veces se quiera; siempre será válido el último otorgado.
La ley determinará quiénes serán los herederos mediante un juicio intestamentario, lo que puede generar gastos, demoras y conflictos familiares, además de que la repartición no siempre coincide con la voluntad de la persona fallecida.
Puedes consultar el directorio oficial del Notariado Mexicano en la página www.notariadomexicano.org.mx. Acerca de la autora: Itzel Navarrete es periodista financiera apasionada por el poder de las palabras y la creatividad; escribe todos los días en DeDinero de El Universal.