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Si laboras los domingos, este derecho aumenta tu salario: así se calcula la prima dominical

En caso de que el patrón no te dé la bonificación, puedes solicitar ayuda gratuita de la Profedet

¿Trabajas los domingos? Esto te deben pagar extra según la Ley Federal del Trabajo. (Foto: Creada con IA)
01/08/2026 |09:10
Daniel Fitta
PeriodistaVer perfil

Aunque el suele asociarse con el descanso y la convivencia familiar, para muchos trabajadores en México este día no representa una verdadera pausa, ya que sus actividades laborales les demandan presentarse en su centro de trabajo.

No obstante, aunque trabajar en domingo pueda verse como una desventaja, laborar este día tiene un respaldo legal favorable, ya que la ley establece que, si tu patrón te solicita trabajar en este día, está obligado a otorgarte una compensación económica conocida como .

Si laboras los domingos, este derecho aumenta tu salario: así se calcula la prima dominical. (Foto: Creada con IA)

Es por ello que, si sueles trabajar en este día y no conoces esta prestación, en esta ocasión en te explicamos en qué consiste la prima dominical y cuánto es lo que te deben pagar.

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Si laboras los domingos, este derecho aumenta tu salario: así se calcula la prima dominical.

Cabe señalar que en algunos países, la prima dominical es dirigida como iniciativa de compensación por la disponibilidad del trabajador en días festivos; aunque en otros, laborar en domingo es una práctica común que no se percibe como una carga.

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En México, comúnmente los domingos son concebidos tradicionalmente como un día de descanso, el cual es utilizado para pasarlo con la familia, la pareja o inclusive para pasar un rato con los amigos. Durante este día, las personas suelen aprovechar el tiempo para realizar actividades recreativas o atender las obligaciones domésticas.

Sin embargo, diversos sectores de la población suelen abordar este día, lo que termina representando una carga para muchos de ellos, aunque para otros, significa una oportunidad para obtener ingresos extra.

De acuerdo con el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), se especifica que se debe procurar que el descanso semanal al que tienen derecho a recibir los empleados sea el domingo; no obstante, este no lo marca obligatorio.

Por otro lado, la LFT menciona que si el patrón les pide a sus colaboradores que presten sus servicios el domingo, estos tienen la obligación de compensarlos con una compensación económica conocida como prima vacacional.

Pero a todo esto, seguramente te ha de preguntar: ¿Qué es la prima dominical? La Ley Federal del Trabajo manifiesta que esta es una compensación económica que deben recibir los empleados del sector formal, por prestar sus servicios durante el día de descanso, el cual equivale a un mínimo del 25% sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.

¿Cuánto debo recibir de prima dominical?

Para conocer el monto aproximado que la empresa te debe pagar por trabajar en domingo, puedes seguir la siguiente fórmula:

El primer paso es dividir tu sueldo mensual entre 30 días para que conozcas tu salario diario ordinario.

Posteriormente, deberás multiplicar el sueldo diario por 0.25 para obtener el equivalente a un 25%.

Después, habrá que multiplicar esta prima por todos los domingos que hayas trabajado durante el mes; al resultado que obtendrás deberás sumarle los ingresos mensuales del trabajador.

Es importante que contemples que este pago es un derecho que todos los trabajadores del sector formal que laboren en domingo deben recibir; no es un privilegio otorgado por las empresas.

¿Qué hago si no me pagan la prima dominical?

En caso de que el patrón no quiera hacer valer tus derechos, puedes recibir asesoría y defensa legal gratuitas por parte de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet); tan solo deberás marcar a los números 800 911 7877 o al 800 717 2942. Contempla que el horario de atención es de 8:00 a 20:00 horas.

¿Quiénes no reciben prima dominical?

De acuerdo con la LFT, los empleados que no tengan una relación formal con su empleador (por contrato) y que por ende no reciban prestaciones laborales como seguridad social, aguinaldo, vacaciones y más, no están obligados a recibir esta bonificación.

Cabe señalar que estos empleados, no están protegidos por la LFT, por lo que la Profedet no puede interceder en caso de que su patrón no les brinde prestaciones laborales. Acerca del autor: es periodista apasionado por las finanzas personales; escribe todos los días en DeDinero de El Universal.

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