En México, muchas personas trabajan sin contrato, en la informalidad o en condiciones laborales precarias. Aunque muchos piensan que esto implica una pérdida total de derechos, la realidad es otra cuando ocurre una tragedia: la ley protege a los familiares en caso de que el trabajador muera por un riesgo laboral, incluso si no estaba dado de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social () ni tenía contrato escrito.

Un riesgo de trabajo, como lo define la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (), es todo accidente o enfermedad que sufra una persona mientras realiza actividades sujetas a su empleo. Estos riesgos pueden derivar en incapacidades, secuelas permanentes o incluso la muerte. Lo grave ocurre cuando, al fallecer, el trabajador no contaba con contrato formal o seguridad social. ¿Qué pasa en estos casos? ¿Quién responde?

La muerte de un trabajador sin contrato no significa el fin de sus derechos laborales (Foto: Canva)
La muerte de un trabajador sin contrato no significa el fin de sus derechos laborales (Foto: Canva)

Aunque no haya contrato, sí hay derechos

Según la PROFEDET, cuando un trabajador muere en el ejercicio de sus funciones sin estar registrado ante el IMSS ni tener contrato, la familia aún puede acceder a una indemnización por parte del empleador. Esto se debe a que, en México, la relación laboral no depende exclusivamente de un documento firmado, sino de hechos: si una persona presta servicios de manera subordinada y recibe un pago, ya existe una relación laboral que genera derechos.

Esto significa que el patrón tiene la obligación legal de indemnizar a los familiares, siempre y cuando se compruebe que la muerte fue consecuencia directa de un riesgo de trabajo. La Ley Federal del Trabajo protege a las personas trabajadoras incluso en estos escenarios, y la PROFEDET puede acompañar a la familia durante todo el proceso legal de manera gratuita y confidencial.

¿Qué puede reclamar la familia del trabajador fallecido?

La legislación mexicana contempla una indemnización equivalente a 5 mil días de salario cuando la muerte es resultado de un riesgo de trabajo. Este pago debe ser cubierto por el empleador y entregado a los beneficiarios legales, quienes pueden ser la viuda o viudo, hijos menores, hijos mayores con alguna discapacidad o padres dependientes económicos.

Además del monto económico, los familiares también pueden exigir el pago de gastos funerarios, así como otras prestaciones que se hayan generado antes del fallecimiento del trabajador, como aguinaldo, vacaciones proporcionales o primas.

Incluso si el empleador niega la relación laboral o no quiere hacerse responsable, la PROFEDET puede intervenir con peritos, testigos, recibos de pago y cualquier otro medio que pruebe que existía una relación de trabajo.

¿A quién acudir y cómo iniciar el proceso?

Lo primero que deben hacer los familiares es acudir a la oficina de la PROFEDET más cercana. Esta dependencia brinda asesoría jurídica gratuita, apoyo en la recolección de pruebas y acompañamiento legal para presentar la demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje.

En este proceso es fundamental recabar toda la evidencia posible: testimonios de compañeros, capturas de mensajes, transferencias bancarias, fotografías, identificaciones del trabajador e incluso recibos de pago informal. Todos estos elementos pueden ayudar a construir un caso sólido ante las autoridades.

La PROFEDET también ofrece orientación vía telefónica al 800 911 7877 o mediante su portal oficial www.gob.mx/profedet. De acuerdo con su micrositio oficial sobre indemnización en caso de muerte sin seguridad social, no contar con contrato ni estar dado de alta en el IMSS no exime al patrón de su responsabilidad legal.

Un llamado a no normalizar la informalidad

La tragedia de perder a un ser querido por un accidente laboral se agrava cuando no hay protección social. Por eso, además de apoyar legalmente a los familiares, la PROFEDET insiste en la importancia de formalizar las relaciones laborales desde el inicio, aunque esto no siempre dependa del trabajador.

La realidad es que más del 50 por ciento de la población ocupada en México trabaja en condiciones informales. Esta cifra, según datos del INEGI, pone en riesgo a millones de familias que podrían quedar desamparadas en caso de un accidente. Por ello, la existencia de organismos como la PROFEDET es vital para asegurar el acceso a condiciones laborales justas.

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