De acuerdo con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), los empleadores están en la obligación de realizar las aportaciones correspondientes al Fondo Nacional de la Vivienda, equivalentes al 5% del salario de cada trabajador.
Esto con el fin de que los derechohabientes puedan solicitar un crédito para adquirir una vivienda o remodelar la que ya poseen. Sin embargo, ¿qué pasa cuando las empresas no realizan estas aportaciones?
Pues en esta ocasión en DeDinero te comparto qué es lo que puedes hacer si al ingresar a “Mi Cuenta Infonavit”, verificas que tu patrón no ha realizado las aportaciones correspondientes a tu subcuenta de vivienda.

Si en tu empresa ha circulado el rumor de que los patrones no han realizado las aportaciones competentes, es importante que verifiques dicha información, por lo que es necesario que ingreses al portal web de Mi Cuenta Infonavit, y consultes el apartado “Resumen de Movimientos” para que verifiques si aparecen dichas contribuciones.
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Recuerda que las aportaciones se deben llevar a cabo de forma bimestral y comúnmente se ven reflejadas en la última semana del mes en que tu patrón debió realizarlas. Considera que las contribuciones pueden verse reflejadas también en tu Resumen de Movimientos, si es que cuentas con pago en aclaración.
Sin embargo, en caso de que en ninguna de estas dos opciones aparezcan las aportaciones, será necesario que presentes una denuncia a través del portal web del Infonavit, el cual está disponible en el siguiente enlace: https://micuenta.infonavit.org.mx/.
Asimismo, este proceso lo podrás realizar de manera telefónica, marcando al Infotel 55 9171 5050 o acudiendo a cualquiera de los kioscos de autoservicio, cuya ubicación puedes consultar en el sitio web del Infonavit, específicamente en el apartado de “Oficinas de atención”.
Aunque muchos mexicanos creen que, al ser despedido o renunciar a una empresa que no hizo las aportaciones a la subcuenta de vivienda, ya no se podían reclamar estas contribuciones, en el 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), emitió un comunicado en el cual se manifiesta lo siguiente: “Cuando el patrón omita el pago de aportaciones al Infonavit, las autoridades laborales deberán condenarlo a su cumplimiento, aunque ya no exista relación de trabajo”
Esto quiere decir que si durante tu tiempo en la empresa no realizó las aportaciones correspondientes a tu Subcuenta de Vivienda, este tendrás que pagar con el adeudo, aunque ya no exista alguna relación laboral. Acerca del autor: Daniel Fitta es periodista apasionado por las finanzas personales; escribe todos los días en DeDinero de El Universal.