Para muchas personas en México, la noche del 15 de septiembre es una fecha de fiesta y celebración.
Sin embargo, en términos laborales, el único día que realmente cuenta como feriado obligatorio es el 16 de septiembre, el Día de la Independencia.
Si te toca trabajar en esa fecha, es importante que conozcas tus derechos para asegurar que recibas el pago justo.
¿Te pagan doble o triple por trabajar en un día feriado? ¿Qué pasa si ese día coincide con un fin de semana?
En esta nota te explicamos qué dice la Ley Federal del Trabajo y cómo asegurarte de que tu empleador cumpla con sus obligaciones.
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el único día de descanso obligatorio durante septiembre es el 16 de septiembre, fecha en que se conmemora la Independencia de México.
Esto significa que, aunque la noche del 15 de septiembre sea el momento más festivo, con gritos, antojitos y música en plazas y hogares, esa fecha no está considerada como día de descanso obligatorio en la ley.
Es un día laboral normal y, en caso de trabajar, el pago no cambia.
En cambio, el 16 de septiembre sí es un día de descanso obligatorio y las empresas deben respetarlo, salvo que sea indispensable que algunas personas trabajadoras se presenten a cumplir sus funciones.
Si una persona trabajadora considera que no recibió el pago que le corresponde por laborar en un día de descanso obligatorio, puede solicitar orientación gratuita en la PROFEDET. Los canales disponibles son:
La atención es totalmente gratuita, ningún servidor público ni persona ajena a la dependencia puede cobrar por estos servicios.
El único día de descanso obligatorio es el 16 de septiembre, por lo que ese día se paga triple si trabajas. El 15 es un día laboral normal.
Tu salario diario normal más el doble, lo que equivale a un pago triple en total.
Además del pago triple, te deben dar la prima dominical, que es un 25% extra sobre tu salario de ese día; este año cae martes y por lo tanto no aplicaría.
Puedes acudir a la PROFEDET, que brinda asesoría gratuita por teléfono, correo electrónico o en sus oficinas en todo el país.
No, la ley no lo contempla como día de descanso obligatorio, aunque suele celebrarse en todo México. Acerca de la autora: Itzel Navarrete es una comunicóloga apasionada por el poder de las palabras y la creatividad; escribe sobre finanzas personales en DeDinero.