La Ciudad de México ha dado un paso importante hacia la modernización y seguridad en su sistema de transporte de carga. A través de reformas al Reglamento de la Ley de Movilidad, publicadas en la Gaceta Oficial el pasado 10 de octubre, la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) estableció nuevas reglas para el registro, operación y conducción de vehículos que trasladan sustancias tóxicas o peligrosas, con el fin de garantizar condiciones óptimas y seguras tanto para los operadores como para la ciudadanía.
Estas modificaciones responden a la necesidad de contar con un marco normativo actualizado que proteja la integridad de las personas y la infraestructura urbana, considerando que el transporte de materiales peligrosos representa un riesgo potencial cuando no se cumple con los estándares de seguridad establecidos.
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Cómo tramitar las nuevas licencias “E12” y “E13” para transporte de carga en CDMX
De acuerdo con el artículo 120 reformado del Reglamento de Movilidad, todo vehículo que se destine al transporte de sustancias tóxicas o peligrosas deberá contar con un Dictamen de seguridad emitido por la autoridad competente, documento que avala que la unidad y su conductor tienen los conocimientos necesarios para manejar este tipo de materiales.
Además, los vehículos de origen extranjero deberán presentar el pedimento de importación como parte del trámite de alta. En el caso de vehículos usados, será indispensable demostrar que la unidad fue dada de baja previamente antes de solicitar su registro.
Estas medidas buscan evitar el uso de unidades sin control o sin condiciones adecuadas para circular por las calles de la capital, garantizando que cada vehículo que transporte materiales de riesgo cuente con la documentación y la supervisión correspondiente.
Licencias especiales: “E12” y “E13”, nuevos estándares para conductores especializados
Una de las reformas más destacadas es la creación de licencias tipo “E12” y “E13”, que servirán para regular la conducción de vehículos dedicados al transporte especializado y al traslado de sustancias peligrosas.
La licencia tipo “E12” será asignada a quienes operen transporte especializado, según lo determine la SEMOVI.
La licencia tipo “E13”, en cambio, será exclusiva para los conductores de vehículos que transporten materiales tóxicos o peligrosos.
Asimismo, para poder obtener cualquiera de las licencias tipo “C”, “D” o “E”, los interesados deberán acreditar que poseen una licencia tipo “A” con al menos tres años de antigüedad.
En caso de que la licencia haya sido emitida por una entidad federativa diferente a la Ciudad de México, el solicitante deberá demostrar que el documento está vigente y cumple con la antigüedad requerida.
Por otro lado, el artículo 128 reformado precisa que para expedir la licencia tipo “E13”, el interesado deberá acreditar que cuenta con conocimientos suficientes en la conducción de unidades que transporten sustancias tóxicas o peligrosas, lo que implica una capacitación más rigurosa y la comprobación de habilidades técnicas en materia de seguridad vial.
¿Por qué son importantes estas reformas? Porque fortalecen la seguridad vial, protegen la vida de los operadores y ciudadanos, y aseguran que el transporte de materiales peligrosos se realice bajo normas más estrictas y supervisadas. Acerca de la autora: Itzel Navarrete es periodista financiera apasionada por el poder de las palabras y la creatividad; escribe todos los días en DeDinero de El Universal.
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