Ya comenzó el reparto de utilidades 2024 para las empresas registradas como personas morales; la fecha límite para realizar este pago a todos los trabajadores es el 30 de mayo.

En el caso de las empresas registradas como personas físicas, aún están en el periodo de lay el reparto de utilidades para ellos iniciará el 1 de mayo y tienen como fecha límite el 29 de junio.

El reparto de utilidades es una obligación que tienen todas las personas morales o físicas que tengan trabajadores a su servicio, cuyas utilidades netas sean de 300 mil pesos o más en su última declaración ante el Servicio de Administración Tributaria ().

¿Cómo saber si tengo derecho o no al reparto de utilidades? (Foto: DeDinero)
¿Cómo saber si tengo derecho o no al reparto de utilidades? (Foto: DeDinero)

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Pero, ¿cómo pueden saber los trabajadores que se hizo una declaración anual y cuál es la cantidad de ganancia a repartir?

¿Cómo puedo saber si mi empresa genera utilidades?

De acuerdo con el SAT, el reparto de utilidades es un derecho para contribuir a la redistribución de la riqueza y a la justicia social porque estimula la productividad, toda vez que la participación es concebida como una retribución al esfuerzo productivo de los trabajadores.

Cada empresa debe contar con un grupo representante de los trabajadores o sindicato, al cual se le informa de los resultados obtenidos de la Declaración Anual, en la cual se señala el monto que corresponda a la participación de utilidades del ejercicio.

De acuerdo con el SAT, la copia de la declaración debe entregarse dentro de los 10 días siguientes a la fecha de la presentación de esta.

En caso de que no hayas tenido acceso a la copia de la Declaración Anual 2023, puedes solicitarla al sindicato al que perteneces o en el área de Recursos Humanos.

Se debe considerar que hay empresas que no están obligadas a cumplir con el reparto de utilidades y estas son:

  • Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.
  • Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
  • Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
  • Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada que no tengan fines de lucro.
  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
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