La temporada de la declaración anual de impuestos está en pleno apogeo, y los contribuyentes tienen la responsabilidad de presentar sus declaraciones antes de la fecha límite al Sistema de Administración Tributario (SAT).

Este proceso, aunque puede resultar abrumador para algunos, es fundamental para mantener en orden las finanzas personales y cumplir con las obligaciones tributarias.

A través de su cuenta de X, el recomendó a las personas físicas ingresar al minisitio “Declaración Anual 2023” para que puedan consultar toda la información necesaria para presentar su ejercicio fiscal del 1 al 30 de abril de este año.

Dentro de este portal, los pueden conocer quiénes deben presentar la declaración anual, qué personas no están obligadas a presentarlas, los requisitos, las compras que se pueden deducir, los beneficios y mejoras, material adicional y el tema de las devoluciones.

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¿Qué es la declaración anual 2023 para personas físicas?

Es una oportunidad para que los contribuyentes informen al gobierno sobre sus ingresos, deducciones y créditos durante el año fiscal anterior.

Esta información es crucial para calcular la cantidad de impuestos que se deben pagar o, en algunos casos, la cantidad que se debe reembolsar.

¿Cómo evitar que el SAT rechace mi saldo a favor?

La Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, en el artículo 2, fracción II, explica que los contribuyentes que tengan saldo a favor en su ejercicio fiscal anual podrán solicitarlo al SAT.

Esto llega a ocurrir cuando estas personas pagan más de lo que debían, por lo que la institución tributaria puede devolver esa cantidad.

El SAT menciona en su portal web que, para que los contribuyentes eviten que se le rechace su saldo a favor, deben contemplar las siguientes consideraciones:

  • Para que proceda la devolución en forma automática de la declaración anual, se debe presentar la solicitud a más tardar el día 31 de julio.
  • Se debe señalar la opción de devolución en el ejercicio fiscal.
  • Se debe tener un correcto registro de ingresos, gastos y deducciones en el ejercicio fiscal.
  • Hay que presentar la declaración de forma electrónica con contraseña, e.firma o e.firma portable.
  • Se debe presentar la declaración anual utilizando la e.fima o e.firma portable si el saldo a favor es mayor de 10 mil 001 a 150 mil pesos.
  • Si el saldo a favor excede los 150 mil pesos, el contribuyente podrá solicitar la devolución mediante un Formato Electrónico de Devoluciones (FED).

Asimismo, el SAT explica quiénes no podrán aplicar la facilidad de solicitar devolución en forma automática.

  • Cuando hayan obtenido ingresos derivados de bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión.
  • Cuando soliciten la devolución por ejercicios fiscales distintos al año anterior.
  • Cuando presenten solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED), previo a la obtención del resultado de la declaración anual.
  • Cuando presenten la declaración anual después del tiempo indicado.
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