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Reforma Infonavit: Habrá descuentos durante la incapacidad; esto sabemos

Esta normativa entró en vigor el pasado 22 de febrero, luego de ser publicada en el DOF el 21 del mismo mes

¿Te descontarán tu crédito Infonavit aunque estés incapacitado? Esto dice la nueva ley. (Foto: Creada con IA)
09/05/2025 |15:12
Daniel Fitta
PeriodistaVer perfil

El pasado 21 de febrero, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto en el cual se hizo oficial una reforma a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores () y a la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Tras la promulgación de la reforma, hubo una en específico que ha causado cierta conmoción en el sector empresarial, y esta está adicionada en el artículo 29 de la Ley del Infonavit. Sin embargo, cientos de personas se preguntan en qué consiste esta reforma y qué beneficios o complicaciones puede traer a los empleados y empleadores, por lo que en esta ocasión en te lo contamos.

¿En qué consiste la reforma al Infonavit?

De acuerdo con el documento en el DOF, esta reforma a la ley del Infonavit establece una nueva obligación a los patrones, en la cual deben mantener los descuentos de salario a los trabajadores que cuenten con un crédito por parte de este organismo, a pesar de que tengan una incapacidad o ausencia.

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“Cuando se trate de las obligaciones de hacer los descuentos a que se refiere la fracción III, no se suspenderá por ausencia o incapacidades en término de la Ley del Seguro Social”, esto es parte del fragmento que se adicionó al artículo 29 de este documento.

Tras la reforma a este artículo, se puede saber que, aunque se puedan suspender los pagos de aportaciones durante periodos de ausencia, esta no se aplicará a los descuentos y pagos de amortizaciones de créditos, ya que la ley es clara al respecto en este inciso: los pagos de amortizaciones de créditos no se suspenderán en caso de ausencia.

Asimismo, en el mes de marzo, el Infonavit compartió los criterios normativos de recaudación fiscal, en donde se rectifica la nueva medida, además de aclarar el proceso de cómo se realizarán los descuentos en caso de incapacidades y ausencia.}

Cabe señalar que el pasado 7 de mayo mencionó que aplazó la entrada de las nuevas reglas con respecto a los descuentos de salarios de los trabajadores en casos de incapacidades laborales, mencionando que se brindará un plazo adicional a las empresas para que puedan adecuar sus sistemas y los procesos internos para que se cumpla con las nuevas disposiciones.

“Respecto del inicio de vigencia de esta disposición, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores está en proceso de determinar el otorgamiento de un plazo que permita a los patrones su debida implementación”, fue lo que mencionó el Infonavit.

La nueva disposición comenzará a emplearse a partir de los pagos de salarios del cuarto bimestre del 2025, los cuales son en julio-agosto, por lo que esta disposición menciona que se deben cubrir a más tardar el 17 de septiembre.

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