¿Estás pensando en renunciar o te acaban de despedir? Esta transición puede volverse caótica, sobre todo si tienes deudas pendientes o compromisos fijos como el pago de la renta o la hipoteca.
Sin embargo, más allá de firmar la hoja de la finalización de la relación laboral, es en ese instante cuando surge cierta incertidumbre, un error sumamente común que les cuesta miles de pesos a miles de trabajadores año con año: confundir el finiquito con la liquidación.

Es por ello que en esta ocasión en DeDinero te explico la diferencia entre estos dos términos, cuándo se deben pagar y cuánto es lo que las empresas están obligadas a darte.
¿Renuncias o te despiden? Conoce la diferencia entre finiquito y liquidación y evita perder dinero
Terminar una relación laboral va más allá de despedirse de los colegas o iniciar la búsqueda de un nuevo empleo: es el momento clave para hacer valer los derechos que se establecen en la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Te invito a seguir nuestras últimas noticias todos los días dando clic aquí: https://news.google.com/home?hl=es-419&gl=MX&ceid=MX:es-419
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) manifiesta que, al renunciar o al ser despedido de manera injustificada, los trabajadores tienen derecho a recibir una compensación económica.
Sin embargo, uno de los errores más comunes es confundir el finiquito con la liquidación; si bien estos términos, suelen usarse como sinónimos, en realidad corresponden a situaciones distintas y los montos que recibe el trabajador pueden variar considerablemente.
¿Qué es el finiquito?
La LFT menciona que el finiquito se les otorga a los trabajadores cuando la relación laboral termina sin que exista responsabilidad del patrón. Esto quiere decir que este término se debe emplear cuando el trabajador renuncia de manera voluntaria y, por lo tanto, termina el contrato por tiempo determinado o, en su defecto, ambas partes acuerdan finalizar la relación laboral.
Para estos casos, la Profedet especifica que la empresa debe entregarles a estos excolaboradores el pago proporcional de las siguientes prestaciones:
- El finiquito contempla:
- Salario correspondiente a los días trabajados del periodo en curso.
- Aguinaldo.
- Vacaciones y prima vacacional.
- Prima de antigüedad (siempre y cuando se tengan, por lo menos, 15 años de servicio).
- Prestaciones pendientes de pago, como bonos, comisiones o vales, cuando correspondan.
- Cualquier otra prestación establecida en el contrato individual o colectivo.
Cabe señalar que cada uno de estos conceptos se calcula con base en el tiempo laborado.
¿Qué es la liquidación?
La LFT explica que este término se utiliza cuando el patrón termina la relación laboral sin una causa justificada. Por lo que, además de las prestaciones proporcionales, el trabajador tiene derecho a una indemnización prevista.
La Profedet explica que la liquidación debe cubrir los siguientes conceptos:
- Tres meses de salario integrado como indemnización constitucional.
- Veinte días de salario por cada año trabajado, cuando corresponda conforme a la ley.
- Prima de antigüedad equivalente a 12 días de salario por cada año laborado, con el límite establecido por la legislación.
Todos los conceptos del finiquito, como sueldo pendiente, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales.
La Profedet manifiesta que el objetivo de la liquidación es compensarle al trabajador el impacto económico que representa perder el empleo de manera injustificada.
Sin embargo, la Profedet nos exhorta a que,, antes de firmar cualquier documento, es importante revisar que cada uno de los puntos ya mencionados se te esté pagando. En caso de que consideres que la empresa no te está dando lo justo, puedes solicitar asesoría gratuita por parte de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, organismo que intervendrá para revisar el cálculo del finiquito o de la liquidación.
Por otro lado, este organismo también nos exhorta a no firmar una renuncia o un convenio de terminación sin conocer su contenido, ya que existen los casos de empresas que hacen firmar a sus colaboradores una hoja de renuncia voluntaria para evitar el pago de la liquidación.
En caso de tener alguna duda, lo más recomendable es solicitar un desglose detallado de los conceptos incluidos y, de ser necesario, buscar la asistencia de un abogado laboral o de la autoridad competente.
Es importante que conozcas la diferencia entre ambos conceptos, ya que de esta manera podrás identificar qué es lo que te corresponde según la ley, y así evitar abusos. Acerca del autor: Daniel Fitta es periodista apasionado por las finanzas personales; escribe todos los días en DeDinero de El Universal.
[Publicidad]




