Las Afores, o Administradoras de Fondos para el Retiro, son las entidades responsables de administrar e invertir el ahorro de los trabajadores mexicanos con el fin de asegurar su disponibilidad en el futuro. Por lo tanto, es crucial comprender a fondo estas instituciones para garantizar una calidad de vida adecuada, ya sea a través de contribuciones regulares u otras opciones.

Sin embargo, en caso de fallecimiento del titular de la cuenta, existe la posibilidad de que un beneficiario pueda recuperar los fondos y en te compartimos los pasos necesarios para obtener este capital.

¿Quiénes tienen la autorización para retirar el dinero de la Afore de un familiar que ha fallecido?

El Sistema de Ahorro para el Retiro () señala que hay dos tipos de beneficiarios que pueden acceder a los fondos acumulados en la cuenta del familiar fallecido. Estos beneficiarios son:

Legales

  • Viuda o viudo
  • Hijos menores de 16 años o, en caso de ser mayor de edad, deben comprobar que no pueden mantenerse solos o están estudiando.
  • A falta de esposo o esposa, puede cobrarlo la concubina o el concubino.

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En caso de no contar con alguno de los beneficiarios anteriores, el capital puede ser obtenido por alguien que dependiera económicamente de él.

Cabe mencionar que estos beneficiarios son determinados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Sustitutos

  • Si no se cuenta con un beneficiario legal, los recursos se entregarán al beneficiario sustituto.
  • Será designado por el titular de la cuenta en la Afore.
  • No forzosamente tiene que ser un familiar.

El beneficiario legal debe dirigirse a la Subdelegación del IMSS o de Prestaciones Económicas del ISSSTE para que estas instituciones emitan la resolución de pensión correspondiente.

¿Cómo obtener el dinero del Afore de mi familiar fallecido?

En el caso de los sustitutos, deben acudir al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para obtener la resolución que los reconozca como beneficiarios.

Ambos beneficiarios deben acudir a la oficina de la Afore donde el trabajador fallecido estaba registrado, para completar el formato de Disposición de Recurso proporcionado por la administradora.

Además, deben presentar los siguientes documentos:

  • Documento que tenga el Número de Seguridad Social (NSS) del titular de la cuenta emitido por el IMSS, Infonavit o Afore.
  • Identificación oficial vigente.
  • Acta de nacimiento.
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular.
  • Certificado de defunción.
  • Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
  • Estado de cuenta bancaria a nombre del beneficiario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
  • Estado de cuenta, consulta o certificación de saldos de la Afore.
  • Formato de designación de beneficiarios (solo aplica si el trabajador hizo aportaciones voluntarias a su cuenta Afore).

Una vez que la solicitud sea procesada y los documentos hayan sido entregados, la Administradora de Fondos para el Retiro entregará a los beneficiarios los recursos correspondientes al régimen de pensión en un único pago.

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